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Agosto 04, 2023

Política de imparcialidad

Política de imparcialidad Este proceso sistemático, independiente y documentado, es llevado acabo para obtener evidencia y evaluarla objetivamente, con el fin de determinar en que grado se están cumpliendo los criterios de la auditoria. IMPARCIALIDAD Nuestra política establece. El personal de la empresa Buro para la excelencia en procesos de calidad S. de RL MI, dedicada a la evaluación de la conformidad, está consciente de la importancia del cumplimiento de nuestra Política de Imparcialidad a fin de identificar y eliminar cualquier conflicto de interés con sus clientes. Nuestro trabajo directo e indistintamente bajo acuerdo a través de auditores sub-contratados representa el mayor compromiso para imparcialidad en nuestros procesos de certificación.Hemos creado un comité de imparcialidad a quienes a través de reuniones anuales con las partes interesadas apoyan en la supervisión, seguimiento y vigilancia que IBC mantiene al cumplimiento de la Política de Imparcialidad. Todo el personal (empleados y subcontratistas o quien trabaje a nuestro nombre) han reconocido y firmado nuestros acuerdos de Confidencialidad y Ética de servicios alineados con nuestra Política de Imparcialidad. Siendo responsabilidad única de Buró para la excelencia en procesos de calidad S de RL MI y de su Dirección y de nadie más la imparcialidad de sus procesos y operaciones.Los empleados y subcontratistas conocen la Política de Imparcialidad y hacen el compromiso de informar oportunamente acerca de cualquier situación que pueda considerarse como una amenaza para nuestra Política de imparcialidad. la Política de imparcialidad se encuentra disponible al público en nuestro sitio web y en nuestro sistema de control de documentos P&Q Control.No permitimos que presiones financieras o de cualquier otro tipo puedan poner en riesgo la imparcialidad para la certificación de sistemas de gestión de nuestros clientes o de cualquier otra empresa.Nuestra Política de Imparcialidad hace la exclusión de servicios que ofrece Buró para la excelencia en procesos de calidad S. de RL MI, que puedan representar una amenaza de conflicto de interés para la imparcialidad de certificación de sistemas de gestión de sus clientes no limitándose al: Diseño, fabricación, instalaciones, distribuidores o mantenimiento del producto certificado. Diseño, implementación, proveedores, operadores o mantenimiento del proceso de certificación. Consultoría o asesoramiento a los clientes, donde el sistema de certificación requiere la evaluación del sistema de gestión de clientes. Ofrecer / proporcionar auditorias internas de sistemas de gestión a clientes. Afirmar ó implicar a clientes que una certificación sería más simple, más fácil, más rápido o menos costosa si se utilizara una organización de consultoría. Selección de auditores quienes hayan realizado servicios de consultoría o trabajado para la empresa a certificar en los dos últimos años. Certificar actividades o sistemas de otros organismos de certificación Contratar servicios de auditoría de algún órgano de consulta o certificación de sistemas de gestión. Proporcionar cualquier servicio que pueda crea una amenaza a la imparcialidad. Cualquier potencial amenaza a la certificación de clientes se gestiona las acciones necesarias para eliminarlas oportuna y eficazmente.AtentamenteDIRECCION Buró para la excelencia en procesos de calidad S. de RL MI

Política de privacidad

Política de privacidad Esta política garantiza el derecho que obtienen nuestros clientes a mantener la información que nos es proporcionada, de manera anónima y confiable y que esta no sera divulgada, comercializada o explotada por terceras partes. SEGURIDAD EN LA INFORMACIÓN Privacidad o confidencialidad Buró para la excelencia en procesos de calidad S. de RLMI, se compromete a mantener confidencialidad sobre nuestros clientes referente a la información obtenida siendo responsabilidad del personal a todos los niveles, contando con mecanismos que aseguren el cumplimiento de la presente política.AntentamenteDIRECCION Buró para la excelencia en procesos de calidad S. de RL MI

Proceso de Auditoria

Proceso de Auditoria Este proceso sistemático, independiente y documentado, es llevado acabo para obtener evidencia y evaluarla objetivamente, con el fin de determinar en que grado se están cumpliendo los criterios de la auditoria.

Proceso de Certificación

Proceso de Certificación Este proceso sistemático, independiente y documentado, es llevado acabo para obtener evidencia y evaluarla objetivamente, con el fin de determinar en que grado se están cumpliendo los criterios de la auditoria.  

Procedimiento para suspender, vencimiento, retirar, reducir o aumentar el alcance de la certificación

Este procedimiento es llevado a cabo para suspender, vencimiento, retirar, reducir o aumentar el alcance en una certificación. POLITICA-ALCANCE   Buro para la Excelencia en Procesos de Calidad S. de R.L.MI suspenderá, retirará o reducirá el alcance de la certificación una vez que las circunstancias y hechos acontecidos en la organización certificada y notificados por el auditor líder el organismo de certificación, hayan sido revisadas en conjunto con el comité. Cuando se trate de retiro o cancelación, Buro para la excelencia en procesos de calidad S. de R.L.MI, notificará al cliente dicha conclusión registrándose en el sitio web www.ibcert.mx, sellado el certificado con la leyenda "suspendido” o “cancelado" cuando así aplique, manifestando el estatus en el listado de clientes. En caso de reducción de alcance el cliente deberá de solicitar un nuevo certificado. En el caso de la suspensión esta no debe de exceder de 6 meses, después de esto Buro para la excelencia en procesos de calidad S. de R.L.MI define las acciones a seguir y que serán notificadas al cliente.   Manual De Procedimientos   Unidad Emisora: IBC Titulo: Procedimiento para suspender, vencimiento, retirar, reducir o aumentar el alcance de la certificación 1.0 OBJETIVO 1.1 Definir los lineamiento y criterios para suspender, retirar o reducir el alcance de una certificación o no otorgarla. 2.0 ALCANCE 2.1    Directores2.2    Auditores2.3    Administración, Ventas & Formación2.4    Coordinación de Supervisión y Evaluación Técnica2.5    Mercadotecnia 3.0 DEFINICIONES 3.1    AGA: Plataforma electrónica para administrar servicios de auditoría cuyo acrónimo significa “Administración y Gestión de Auditorias”3.2    Comité: Personas de reputación que forman un órgano de revisión3.3    IBC: International Body Certtification3.4    OC: Organismo de certificación3.5    RD: Representante de la Dirección3.6    Reducir el alcance: Es el acto de cambiar el alcance de una certificación, solo para los procesos que cumplen los criterios para la certificación o su mantenimiento.3.7    Retirar la certificación: Es el acto de cancelar la certificación a una organización por parte del OC.3.8    Suspender: Detención e interrupción del desarrollo de una certificación durante un tiempo o indefinidamente.3.9    SGC: Sistema de Gestión de Calidad. 4.0 REFERENCIAS 4.1    Manual de calidad MC – IBC 9.64.2    Procedimiento de programación de auditorías P-IBC-08 y p-ibc-1084.3    Procedimiento de auditoría de tercería P-IBC-094.4    Procedimiento de comunicación P-IBC-134.5    Procedimiento de toma de decisión de certificación P-IBC-194.6    Política de suspensión, retiro o reducción de alcance POL-IBC-024.7    Proceso de supervisión técnica PROC-IBC-134.8    Proceso de evaluación técnica PROC-IBC-144.9    Procedimiento de toma de decisión de certificación P-IBC-194.10    Procedimiento para auditorias especiales P-IBC-194.11    AS 9104 – 1A4.12    AS 9101G4.13    Ver IAF MD en el sitio web de IAF 5.0 RESPONSABILIDADES 5.1    Es responsabilidad de:5.1.1    Administración, Ventas & Formación:5.1.1.1    Modificar los certificados.5.1.1.2    Mantener contacto con el cliente para firma de contratos, logística de las auditorias, entre otras cosas.5.1.2    Coordinación de Supervisión de Evaluación Técnica:5.1.2.1    Cumplir con las conclusiones de equipo auditor el OC y cuando aplique el Comité respecto a la suspensión, reducción de alcance y retiro de una certificación.5.1.2.2    Notificar a la organización la conclusión.5.1.2.3    Informar al cliente cuando no ha cumplido con los acuerdos a los que se lleguen antes de tomar acciones.5.1.2.4    Seguimiento de acciones correctivas en los plazos requeridos y mantener contacto con el cliente de su respectivo seguimiento.5.1.3    Mercadotecnia:5.1.3.1    Dar seguimiento para completar la carpeta de auditoría o expediente.5.1.3.2    Mantener el resguardo de información.5.1.4    Auditor Líder y Equipo auditor:5.1.4.1    Realizar la recomendación que corresponda y notificar a la organización auditada.5.1.4.2    Realizar el plan de acciones correctivas y notificar al cliente.5.1.4.3    Revisar las acciones correctivas de auditorías previas.5.1.5    Dirección:5.1.5.1    Aprobar las conclusiones referentes a suspender, retirar o reducir el alcance de una certificación.5.1.5.2    Notificar al comité los casos de suspensión y retiro. 6.0 PROCEDIMIENTO 6.1    TI y programación de auditorías:6.1.1    Recibe los documentos de auditoria por parte del auditor líder y de ahí las conclusiones6.1.2    Notifica a la Dirección los casos relativos suspensión, retiro o cancelación y reducción de alcance.6.1.3    Recibe cuando aplica los casos de certificación, recertificación y/o reducción de alcance o aumento del alcance. 6.2    Dirección y/o supervisión técnica:6.2.1    Revisa la información relativa a la organización auditada incluyendo su desempeño mediante las carpetas de auditoria y el sistema AGA6.2.2    Cuando aplique realiza reuniones con los equipos auditores para conocer los hechos de propia voz, verificar el informe y los hallazgos que cuales puedan estar mal redactados, o con dudas respecto a su calificación, esto facilitara la toma de decisión de certificación.6.2.3    Durante el tiempo de auditoria se pueden dar diferentes casos:6.2.3.1    Para suspender la certificación considera los siguientes criterios:-    El sistema de gestión certificado del cliente ha dejado de cumplir de forma persistente o grave los requisitos de la certificación, incluidos los requisitos relativos a la eficiencia del sistema de gestión;-    El cliente certificado no permite la realización de las auditorias de seguimiento o de renovación de la certificación de acuerdo con la periodicidad requerida; o no envía solicitud de prorroga o dicha prorroga no es aceptada por el OC ya que los motivos no justifican dicha prorroga que máximo puede ser de 6 meses lo cual implica una suspensión del certificado.-    La organización certificada ha pedido voluntariamente una suspensión o su cancelación.-    No cumple con realizar las acciones correctivas derivadas de las auditorias o cuando el OC indica la necesidad de realizar auditorías de corto plazo, auditorias de no conformidades.-    Incumple con los contratos establecidos y el convenio de su logotipo y marca y hace caso omiso a las notificaciones del OC para este caso.-    No sufraga los servicios de auditoría.Para AQMS:-    Cuando una organización no logra restablecer la conformidad dentro de los 90 días a partir de la fecha en que se emitió la no conformidad; o-    Cuando una queja ética (por ejemplo, un código de conducta) o una disconformidad relacionada con la ética ha sido corroborada con evidencia objetiva de respaldo.NOTA: Ver requisitos de gestión de no conformidades se identifican en 9101 6.3    NOTA: Si existe alguna duda consulte la política de suspensión, retiro o reducción del alcance POL-IBC-026.3.1.1    Para lo anterior se registra en el expediente de la organización la suspensión y las razones de esta, se le notifica al área de administración y coordinación de auditorías para:6.3.1.2    Modificar su estatus en el expediente, página web y en el AGA6.3.1.3    Enviar una carta al cliente y sellar el certificado como suspendido6.3.1.4    En caso de suspensión se le recuerda al cliente que acepto el convenio de uso de logotipo y marca por lo que no podrá ostentar la certificación y deberá de retirar la información donde indique que está certificado ver MC.6.3.1.5    Cuando se trate de cancelación o retiro la información revisada por el OC es validada por el Comité, de tal manera que se realiza lo acordado por las conclusiones ordenadas por los anteriores mencionados, por lo que se realiza lo indicado en 6.2.4, si una organización dura más de 6 meses suspendida se le notifica al cliente que se cancelará su certificado, pero antes de cumplido el plazo se le hace saber lo que sucede si excede de 6 meses.6.3.1.6    La decisión de retiro, suspensión o reducción del alcance recae en IBC, es decir, en la Dirección, o RD, apoyada por el Comité, por lo que IBC y su Dirección son los responsables de dichas decisiones.6.3.1.7    Las notificaciones al cliente se realizan de acuerdo con el procedimiento de comunicación P-IBC-136.3.2    Se aplican las siguientes situaciones de recertificación AQMS:6.3.2.1    Si la decisión de recertificación no se completa antes de la fecha de vencimiento de la certificación, el certificado vencerá6.3.2.2    Si las actividades de recertificación han comenzado (es decir, ha comenzado la actividad de auditoría en el sitio o remota), la decisión de certificación se completará dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del certificado y el certificado se puede restaurar.6.3.2.3    Si la auditoria no ha comenzado antes de la fecha de vencimiento del certificado, la certificación vencerá y la organización será tratada como una nueva solicitud de certificación.6.3.2.4    El OC actualiza la base de datos OASIS, por parte del equipo auditor y corroborado por el coordinador y/o supervisión técnica dentro de los 14 días posteriores a la decisión de suspender o retirar un certificado AQMS.6.3.3    Quejas y proceso de retroalimentación en la base de datos del sistema de información de proveedores aeroespaciales en línea.6.3.3.1    El OC gestiona y resuelve las quejas o problemas comunicados a través del proceso de retroalimentación de la base de datos de OASIS y garantiza por parte de coordinación de auditorías:a)    Esa retroalimentación se revisa y se proporciona una respuesta por parte supervisión y evaluación técnica, cuando se solicita, dentro de los 30 días posteriores a la recepción.b)    Cuando los comentarios se basan en una queja sobre una organización certificada, el OC iniciar su proceso de resolución de quejas ver procedimiento de comunicación P-IBC-13. Si el OC determina con poca antelación que es necesaria una auditoría especial para investigar y resolver la queja, esta auditoría se llevará a cabo dentro de los 90 días posteriores a la recepción de la queja.c)    Cuando la retroalimentación se basa en una queja sobre nuestro OC, el OC inicia su proceso interno de quejas ver P-IBC-12 e informar sobre los resultados al denunciante dentro de los 60 días a partir de la fecha de la queja.d)    Que las quejas relacionadas con los requisitos de aplicación del esquema ICOP que no puedan ser resueltas por el OC se remitan al AB.6.3.3.2    El OC responde formalmente en la base de datos OASIS a las acciones que se originen de las actividades de evaluación de supervisión 9104/2.6.3.4    Además de los requisitos de ISO/IEC 17021-1, IBC identifica e incorpora información y requisitos apropiados del esquema ICOP en sus procesos.6.3.5    Cancelación de la certificación:6.3.5.1    El cliente ya no desea estar certificado.6.3.5.2    El cliente no realiza sus seguimientos y no cumple con el tiempo limite de suspensión que es de 180 días6.3.5.3    No se realiza los planes de acción.6.3.5.4    Incumple con el acuerdo de uso de logotipo y marca y/o con el contrato.6.3.5.5    Ha dejado de cumplir con la norma y con sus documentos del sistema.6.3.5.6    En otros aspectos.6.3.5.7    En el caso de cancelación se le notifica al cliente por parte de IBC por escrito y se sella el certificado en caso de no poder hacer esto no publica que ya no cuenta con la certificación.6.3.5.8    Para AQMS ver lo escrito en azul6.3.6    Para la reactivación o restablecimiento de la certificación:6.3.6.1    Se realiza cuando las condiciones han cambiado debido a una reducción en el alcance del sistema de la organización, cumplimiento de las acciones correctivas y/o de los acuerdos establecidos o la realización de una auditoria de no conformidades:6.3.6.2    Se toma la decisión en base al procedimiento de P-IBC-19. Se restablece la certificación bajo las condiciones modificadas.6.3.6.3    Se modifica el expediente de la organización y la información del sistema AGA.6.3.6.4    Se otorga un certificado.6.3.6.5    Se informa a la organización por cualquier medio.6.3.6.6    Hay que recordar que cualquier reducción del alcance o restablecimiento de la certificación debe de estar en línea con los requisitos de la norma contra la cual se audita.6.3.6.7    Cuando las condiciones han cambiado IBC restablece el certificado para ello:6.3.6.8    EL auditor líder verifica que las condiciones son las adecuadas.6.3.6.9    Se notifica a la administración para modificar los expedientes de la organización y actualizar los listados y la página web.6.3.6.10    Se elabora un nuevo certificado y se entrega. 6.4    Renovaciones6.4.1    Si IBC no ha completado la auditoria de renovación o n puede verificar la implementación de las correcciones y acciones correctivas para cualquier NC mayor antes de la fecha de expiración de la certificación, entonces no se recomienda la renovación de la certificación y no se debe de extender la validez de la certificación. Por lo que se informa al cliente y se informa las consecuencias esto mediante el procedimiento de comunicación con el cliente P-IBC-13 6.5    Reducción o aumento de alcance:6.5.1    Existen dos formas para la reducción o aumento del alcance de la certificación, uno es cuando la empresa lo solicita mediante una solicitud de servicio y esta es revisada y aprobada.6.5.2    En caso de una reducción esta pueda dar no solo a solicitud del cliente si no cuando el OC debe de reducir el alcance de la certificación para excluir las partes que no cumplen con los requisitos, es decir cuando el cliente ha dejado de cumplir en forma persistente o grava los requisitos de la certificación para esas partes del alcance de la certificación.6.5.3    Lo anterior se determina durante la auditoria y es registrado en el informe de auditoría y comunicado al cliente durante la junta de cierre. 6.5.4    Durante las etapas de revisión técnica y supervisión, así como en la toma de decisión se define la conclusión tomada respecto a el aumento o reducción de alcance ver proceso de supervisión técnica PROC-IBC-13 y el proceso de evaluación técnica PROC-IBC-14. 6.6    Toda decisión de certificación es registrada en el formato F-IBC-13 de toma de decisión de certificación y ser mantiene en el expediente de certificación y en el AGA para AQMS se registra en base de datos de OASIS.       7.0 REGISTROS DE CALIDAD 7.1    Expediente de auditorias 7.2    Visita previa F-IBC-30 7.3    Plan de auditoria F-IBC-40 7.4    Informe de auditoría F-IBC-24 7.5    Solicitud de preparación de auditorías F-IBC-19 7.6    Plan de acciones F-IBC-25 7.7    F-IBC-36 toma de decisión de certificación 7.8    Carta de prorroga 7.9    Expediente físico de cada empresa y electrónico en el sistema AGA 8.0 MARCO LEGAL 8.1 Contrato 8.2 Convenio de uso de logotipo y marca                                                      

Procedimiento para quejas y apelaciones

Procedimiento de quejas y apelaciones Este procedimiento es llevado acabo para analizar, evaluar y documentar las inconformidades que pueda tener el cliente en cuanto a la implementación y evaluación de su sistema de gestión, de esta manera se pueden proponer soluciones rápidas y efectivas que convengan ha ambas partes respetando los lineamientos del sg. Objetivo: Definir el proceso para el registro y atención de quejas de clientes de OC (tenedores de certificados) miembros del público y partes interesadas. Atender las quejas y apelaciones provenientes de clientes y socios. Asegurar que las quejas y apelaciones válidas se traten en tiempo y forma. Alcance: Director Auditores Comité Revisión técnica Definiciones IBC: Marca International Body Certification. OC: Organismo de certificación. SGC: Sistema de Gestión de calidad. RD: Representante de la dirección. Comité de quejas: Personas de reputación que forman un órgano de revisión. Queja: Cualquier tipo de no conformidad que presente el Cliente en relación con los servicios que proporciona el OC, sea ésta por medio escrito físico o electrónico, que no sea una disputa o apelación. Disputa: Diferencia entre la parte contratante y la contratada durante la relación contractual y que no constituye una apelación. Apelación: Mecanismo mediante el cual el Cliente objeta cualquier decisión o acción del OC respecto a la Certificación (negativa a otorgar la certificación, suspensión, retiro o cancelación. Acción correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación indeseable, para prevenir recurrencia. Acción preventiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad potencial u otra situación potencialmente indeseable, con tal de prevenir su ocurrencia. Comité de quejas y apelaciones, es el conjunto de personas seleccionadas para gestionar y las quejas y/o apelaciones presentadas por el cliente, que en el caso del OC es el comité de imparcialidad ves O-IBC-05. Director de certificaciones: Director. Comité de quejas y apelaciones: QCA. Referencias Manual de calidad MC - IBC, y Manual de primer nivel de certificación de personas. Procedimiento de acciones correctivas P-IBC-03 Procedimiento de acciones preventivas P-IBC-04 Procedimiento de Revisión Directiva P-IBC-05 Procedimiento de auditoría de tercería P-IBC-09 Responsabilidades Es responsabilidad de: El auditor y/o coordinador de auditorías pedir a la organización auditada llenen el formato de evaluación del servicio. F-IBC-10 o en su defecto realizar la encuesta en forma verbal y llenar la encuesta. El Director notificar al cliente de las acciones tomadas nacidas de las quejas o sugerencias en un plazo no mayor a 8 días hábiles. Procedimiento Quejas Quejas contra el tenedor de un certificado: Las quejas pueden ser enviadas a OC por medio de Aga gttps://aga.ibcert.mx/ en el menú de “quejas y apelaciones” ahí el cliente registra la queja y anexa la evidencia, en el caso de capacitación en el mismo sitio pero en el submenú de capacitación. El primer paso es atender la queja tan pronto como sea posible por lo que cuando exista alguna queja esta es enviada por el coordinador de auditorías y administración al representante de SGC y/o representante legal según aplique por lo que es revisada por la Dirección y/o el RD ya que todas las quejas deben incluir: Evidencia objetiva en tanto sea posible, descripciones precisas, de personas involucradas, ubicaciones y fechas de cuando aplique. Si el tenedor del certificado no responde la queja o la respuesta es inadecuada, usted puede dirigirla a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. +52614 413 03 54 o a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Presidente del Comité C.P Alberto Nuñez, para posteriormente ser remitida al cliente y/o su representante. Quejas contra la actuación y/o conducta de personal de OC o subcontratistas: Envíe la queja por escrito a las oficinas de OC al correo definido en el numeral 6.1.1.1 y 6.1.1.3, dicha queja deberá de ir acompañada en cuanto sea posible de: evidencia objetiva con descripciones precisas, de personas involucradas, ubicaciones y fechas cuando aplique. El OC registra en el formato registro de quejas y apelaciones F-IBC-112 y analiza todas las quejas, ya que las quejas presentadas deben de ser por escrito y firmadas por quien presente dicha queja y dirigida al destinatario pertinente (Ing. Fco. J. Smith) dicha queja debe ser corta, simple y clara incluyendo evidencia objetiva que respalde dicha queja y los motivos de esta. Cuando se expresa descontento sin razón que sea injustificada o por rumores no se considera como queja y será rechazada por el OC. Nota 1: Se considera una queja valida si se relaciona con temas que sean competencia del SGC. Nota 2: El OC solo puede involucrarse en resolver quejas y apelaciones cuando estas se relacionen con los requisitos de certificación del SGC y/o certificación de personas. Nota 3: Las quejas son analizadas por personas diferentes a las que pudieran ser las responsables de las mismas. Nota 4: Oc tiene 8 días hábiles para notificar al reclamante las acciones tomadas, avance y cuando aplique la resolución de la queja, esto no significa que la queja esté resuelta en 8 días. Nota 5: La presentación, investigación y la decisión relativa a la queja en OC no da lugar a acciones discriminatorias contra quien presenta la queja o apelación. Cuando el organismo de certificación recibe, informa al reclamante, en la medida de lo posible y analiza y verifica y valida las quejas estas son sometidas al proceso de acciones correctivas P-IBC-03 si son procedentes, cuando la acción correctiva es tomada al reclamante es informado de su avance y conclusión siendo quienes realizan esto, personas diferentes de quien causa la queja. Si la queja no es procedente la dirección o RD informa al cliente ver procedimiento de comunicación P-IBC-13 Apelaciones Investigación: Cuando es enviada una apelación por escrito de parte de un cliente El Director de certificaciones de OC evalúa la solicitud con objeto de tratar de resolver la Apelación o Disputa. El proceso para el tratamiento de las apelaciones debe incluir al menos los elementos y métodos siguientes: Una descripción del proceso de recepción, validación e investigación de la apelación, así como, del proceso para decidir que acciones se tomaran en respuesta a ella, teniendo en cuenta los resultados de apelaciones similares previas; El seguimiento y registro de las apelaciones, incluidas las acciones tomadas para resolverlas; Asegurarse de que se ha realizado la corrección y se han tomado las acciones correctivas apropiadas Si es procedente solicita una reunión con los responsables de las áreas involucradas, pudiendo involucrar al solicitante si es necesario. Durante el transcurso de la misma, el Cliente tiene derecho a solicitar cualquier aclaración verbal, con base en la evidencia escrita presentada previamente y lo que se analiza en el momento. En caso de solucionar la situación, se elaborará un reporte y lo integrará en el expediente del cliente y en la carpeta correspondiente. En caso de no poder dar solución, se elaborará un reporte y se enviará al Comité, quienes analizarán el caso y asesorarán al director de para tomar una decisión definitiva. Revisión del caso La resolución final se fijará en un plazo máximo de diez (10) días calendario a partir de la recepción de la apelación. La resolución final será comunicada a través de un oficio formal a cada una de las partes interesadas y en el caso que el apelante objete la decisión, esta será dirección por los abogados de OC donde dictarán la resolución definitiva. Todos los gastos derivados del proceso de apelación, honorarios profesionales, viáticos y gastos administrativos realizados por OC, deberán ser cubiertos en su totalidad por el apelante antes de la divulgación de la decisión final. Decisión: En la reunión correspondiente, se analiza la información y en base a la evidencia presentada por el solicitante y el reporte del director de OC, y el Comité analizan el caso y deciden si se acepta ó rechaza la Apelación o Disputa. En el caso que se requieran a más personas para analizar algún caso, el número de participantes en la Comité de Queja y Apelaciones será de máximo 5 miembros de los cuales de 1 a 3 personas corresponden a la junta asesora o comité de imparcialidad y uno o dos miembros independientes de la estructura organizacional de OC, los cuales serán invitados por el Director de Certificaciones y/o Gerente General. La lista de los miembros del Comité de Quejas y Apelaciones deberá ser dada por escrito al Cliente, quien tendrá derecho a rechazar a algún miembro, solamente si se demuestra Conflicto de Intereses. Ninguno de los miembros involucrados en el análisis del caso deberá tener un interés directo en la organización que interpone la Apelación o Disputa. En tales casos, un nuevo miembro deberá ser integrado. Comité de quejas y apelaciones: Como mínimo, el Comité de Quejas y apelaciones deberán contar con la siguiente información: Evidencia proporcionada por el cliente; Reporte de Análisis del Director de certificaciones de OC. Cuando la situación lo amerite, el Comité de quejas y apelaciones tiene derecho a solicitar los servicios de expertos en el campo de que se trate. Estos expertos deben ser independientes del Cliente y de OC. El comité ( CQA ) debe elaborar Actas de las reuniones. Decisión final: El comité de Quejas de Apelaciones, con base en la evidencia proporcionada por el cliente y el Director de Certificaciones de OC, decide si acepta o rechaza la apelación y ordena se le proporcione por escrito al Cliente. La decisión de la CQA deberá ser unánime y de carácter irrevocable. El Director de OC deberá emitir por escrito la decisión para que el coordinador de operaciones o RD haga llegar por escrito al cliente ya sea este una carta o un oficio donde se reflejen los resultados de la apelación, incluyendo las razones de las decisiones tomadas, la cual no puede pasar de dos semanas desde que se recibió la resolución de la Unidad de Gestión de Quejas y Apelaciones. En caso de ser necesario se realiza una acción correctiva para mejorar el proceso y solucionar de raíz los problemas ver P-IBC-03 Confidencialidad: La información o documentación que el cliente haya proporcionado a OC para efecto de la Apelación, Queja o Disputa será mantenida bajo estricta confidencialidad. OC no permitirá, salvo si lo requiere la ley o el Organismo de Acreditación, que la información sea fotocopiada o abierta a una tercera persona sin previo consentimiento por escrito del Cliente (la aprobación por parte del cliente se evidenciará mediante la impresión de un correo electrónico). Todos los miembros que conformen la Unidad de Gestión de Quejas y Apelaciones deberán firmar de conformidad el Acuerdo de Confidencialidad y Compromiso de Independencia, Integridad e Imparcialidad de OC. Los aspectos que se pueden apelar son los siguientes: Rechazo por aceptar una solicitud. Rechazo a proceder con una evaluación. Solicitudes de acciones correctivas. Cambios en el alcance de la certificación. Decisiones de negar, suspender o retirar la certificación y, Alguna otra acción que impida la obtención de la certificación.   Registros de calidad Hoja de evaluación del Servicio para certificación de personas F-IBC-10 es mantenido por el controlador de documentos 2 años Formato para análisis de causa raíz y hallazgo y F-IBC-04 son mantenidas 2 años, por el controlador de documentos. Registro de quejas y apelaciones F-IBC-12   Marco legal No aplica

Reglamento de uso y marca

Reglamento de uso y marca. El presente acuerdo y reglamento tiene como objetivo que los clientes puedan conocer las reglas para el uso de los logotipos y marcas de certificación, así como, las consecuencias por hacer el mal uso de ellas. ACUERDO-REGLAMENTO Es necesario conocer el presente acuerdo
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